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jueves, 9 de abril de 2020

MEDIDAS INTERESANTES PARA CONSUMIDORES DURANTE ESTADO DE ALARMA COVID19 _ CONCEJALÍA DE CONSUMO AYTO.GUADIX



La concejalía de Consumo informa sobre 
medidas de interés para los consumidores con motivo de la crisis del COVID- 19 

La concejalía de Consumo del Ayuntamiento de Guadix, representada por el Alcalde, Jesús Lorente, informa de una serie de medidas interesantes para las personas consumidoras, que puedan estar afectadas por créditos al consumo, préstamo, compraventa de bienes, prestación de servicios, viajes y/o vivienda atendiendo a lo indicado en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, y el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. 

Por tanto, estas medidas, tal y como se explican desde la Concejalía estarán en vigor hasta 1 mes después del fin de vigencia de la declaración del estado de alarma: 

- Suspensión temporal de las obligaciones contractuales derivadas de todo préstamo o crédito al consumo (sin garantía hipotecaria) que estuvieran vigente a la fecha de 2 de abril, cuando esté contratado por una persona física en situación de vulnerabilidad económica. 

- Si es imposible el cumplimiento de contratos de bienes o servicios durante la vigencia del estado de alarma se puede resolver el contrato de compraventa de bienes o servicios durante un plazo de 14 días a contar desde la finalización del estado de alarma y sus prórrogas. La resolución del contrato solo podrá ser estimada cuando no fuera posible obtener de ofrecimiento de bonos o vales sustitutivos del reembolso. 

- Cualquier empresa prestadora de servicios no podrá cobrar nuevas mensualidades hasta que el servicio pueda prestarse con normalidad, sin implicar esta circunstancia la rescisión del contrato. 

- Se interrumpen los plazos para la devolución de los productos comprados por cualquier modalidad, bien presencial, bien on-line. 

- Con respecto a los precios de los servicios funerarios, éstos no deberán superar los precios vigentes con anterioridad al 14 de marzo de 2020. 

- La cancelación de vuelos, por parte de las compañías, implicará que las compañías aéreas tienen que ofrecer un transporte alternativo o la devolución del importe de los billetes. En caso de optar por el reembolso, se deberá realizar en el plazo de 7 días y podrá efectuarse por transferencia bancaria, mediante cheque o en metálico. La devolución se podrá realizar también en vales, bonos de viaje u otros servicios siempre que exista acuerdo previo firmado por la persona viajera. 

- Las personas que, durante el estado de alarma, tuvieran previsto realizar un viaje en avión y hayan solicitado la cancelación de su billete por iniciativa propia aunque el vuelo siguiera programado, tendrán derecho a la devolución de las cantidades abonadas sin penalización alguna. 

- En vuelo programados anteriores al estado de alarma, si la compañía ha mantenido el vuelo y es la persona la que ha decidido cancelar su billete, se recomienda consultar con la compañía o la agencia, así como comprobar los términos del contrato para verificar si hay opción de cancelar el viaje por motivo de emergencia sanitaria o si la compañía ofrece la alternativa de aplazar o cancelar el viaje a las zonas afectadas. 

- En los contratos de arrendamiento de vivienda habitual que venzan entre el 2 de abril, hasta 2 meses después desde la finalización del estado de alarma, se podrá aplicar, previa solicitud de la persona arrendataria, una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por periodo máximo de 6 meses. 

- Se podrá solicitar de la persona arrendadora cuando esta sea empresa o entidad pública de vivienda o gran tenedor (persona física o jurídica titular de más de 10 inmuebles urbanos), en el plazo de 1 mes desde el 2 de abril, el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta (siempre que ya no se hubiera conseguido de modo voluntario por acuerdo entre las partes). 

Se recuerda que durante la vigencia del Estado de Alarma las personas consumidoras pueden formular cualquier consulta y/o reclamación a la Oficina Municipal de Consumo en el teléfono 958 66 93 17 y en el correo saludyconsumo@guadix.es



AYUNTAMIENTO DE GUADIX. 
8 de abril de 2020.

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