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miércoles, 22 de noviembre de 2023

PROTOCOLO TRAMITACIÓN OBRAS CONJUNTO HISTÓRICO _ Guadix



El Ayuntamiento de Guadix informa sobre el nuevo protocolo de tramitación para declaración responsable de obras en el conjunto histórico, sujetas a comunicación previa de la Delegación territorial de Cultura

El Ayuntamiento de Guadix informa sobre el nuevo protocolo de tramitación para declaración responsable de obras en el conjunto histórico, sujetas a comunicación previa de la Delegación territorial de Cultura (no aplicable a BIC Monumento ni Jardín Histórico ni a sus entornos que requerirán siempre de autorización).


* Caso 1: Obra parcial en edificación preexistente no catalogada.

Mantenimiento y reparación de la envolvente

- Limpieza o actuación puntual en cubierta (eliminación de vegetación, limpieza de canales, recolocación y/o sustitución de alguna teja).

- Reparaciones en cubierta, incluidas las labores de impermeabilización, con sustitución del material de cobertura por idéntico material siempre que el mismo no sea discordante y no haya afección a la estructura. En caso de cubiertas de madera la reparación no podrá afectar a la tablazón.

- Sustitución o reparación de enfoscados y revestimientos exteriores sin modificar sus características (siempre que estas no sean discordantes), incluido el color.

- Sustitución o reparación de carpintería exterior por otras de igual dimensión, diseño, material y color, siempre que los elementos a sustituir no se traten de elementos discordantes.

- Sustitución o reparación de elementos de cerrajería por otros de igual dimensión, diseño, material y color, siempre que los elementos a sustituir no se traten de elementos discordantes.

- Sustitución o nueva colocación de contadores normalizados siempre que el acabado final de las puertas quede bien resuelto e integrado en relación al paramento debiéndose ejecutar en registro con tapa rellenable o rebajada, que permita un acabado similar al resto de paramento exterior.



Obras menores en el interior

- Modificación de tabiquería y revestimientos (redistribución interior, cambio de solerías, falsos techos, pinturas, yesos, escayolas).

- Sustituciones de carpinterías interiores (puertas de paso, ventanas a patios, armarios).

- Renovación de instalaciones y aparatos sanitarios (cocinas, baños, lavaderos).



* Caso 2: Obra parcial en edificación catalogada o protegida

Todas las señaladas en el caso anterior siempre que no afecten a elementos o partes objeto de protección señalados en la inscripción en el CGPHA o en la ficha del catálogo urbanístico.

- La Delegación Territorial competente en materia de patrimonio histórico comprobará que la comunicación efectuada se enmarca en estos supuestos.

- En caso de que la actuación no suponga afección patrimonial, no se responderá a la comunicación en el plazo de 30 días hábiles.

- En caso de que la actuación suponga afección patrimonial, se someterá al régimen de autorización (con un plazo de 3 meses para dictar resolución administrativa, siendo el silencio administrativo negativo).



Conclusión

El interesado deberá esperar un plazo de 30 días hábiles desde la presentación de la comunicación a la Delegación Territorial. Transcurrido dicho plazo, si no ha recibido ninguna notificación de la Delegación Territorial podrá realizar las obras; en caso contrario deberá esperar la correspondiente resolución administrativa de autorización.

En este sentido es especialmente relevante que los ayuntamientos que tramiten la solicitud del interesado dirigiéndola a la Delegación Territorial, para tramitarla como comunicación previa, constaten que la misma se incluye dentro de los supuestos señalados en este anexo. En los supuestos de intervenciones no señaladas en este anexo se trataría de actuaciones sometidas a autorización administrativa.


Observación

Los cambios de usos siempre están sometidos al régimen de autorización (no cabe la posibilidad de comunicación).



AYUNTAMIENTO DE GUADIX.
21 de noviembre de 2023.

 

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